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Guía DeCA 2026
Documento descargable con los requisitos del DeCA, obligaciones del cargador y del transportista, sanciones previstas y el flujo práctico de cierre.
Qué es el DeCA
El DeCA (Documento de Control Administrativo) es el documento que acredita que se ha formalizado el control administrativo del transporte de mercancías por carretera. Es el sucesor digital del antiguo documento en papel.
Base legal: Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo del documento de control administrativo. Modificada por la Orden TRM/282/2026.
Obligatoriedad: La Ley 9/2025, de 30 de julio, de ordenación del transporte por carretera y autotransporte, establece que el documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera deberá ser necesariamente digital a los diez meses desde la entrada en vigor de esta ley.
La Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784) concretó el formato digital: PDF con QR, URL única, conservación mínima de 1 año.
Quién debe emitir el DeCA
Según el artículo 7 de la Orden FOM/2861/2012, modificado por la Orden TRM/282/2026:
"El cargador contractual y el transportista efectivo serán responsables de no formalizar el documento de control. Idéntica responsabilidad por no llevarlo a bordo, salvo que el cargador contractual pruebe que el documento fue emitido, en cuyo caso será eximido."
En la práctica: el cargador contractual (quien encarga el transporte) es responsable de generar el DeCA con sus datos. El transportista responsable de añadir la matrícula y cerrar el documento.
Requisitos técnicos del DeCA
La Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784) define los requisitos exactos:
- • Formato: PDF nativo digital (no escaneado). Tamaño máximo: 5 MB.
- • QR: Código QR en el PDF que enlaza a la URL única del documento.
- • URL: HTTPS obligatorio bajo TLS v1.2 o superior. No será válida ninguna URL que dirija a una página web que requiera credenciales o autenticación.
- • Conservación: Mínimo 1 año.
- • Inmutabilidad: Las aplicaciones informáticas no permitirán modificar los datos una vez creado el PDF.
- • Firma: La firma de los documentos de control administrativo no es obligatoria.
Datos obligatorios del DeCA
El artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012 define qué datos debe contener cada DeCA:
a) Nombre o denominación social, NIF y domicilio del cargador contractual.
b) Nombre o denominación social y NIF del transportista efectivo.
c) Lugar de origen y destino del envío.
d) Naturaleza y peso de la mercancía.
e) Autorización especial de circulación, si procede.
f) Fecha de realización del transporte.
g) Matrícula del vehículo (tractor y semirremolque si articulado).
h) Observaciones, a solicitud de los intervinientes.
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el DeCA puede acarrear sanciones económicas. Según la normativa vigente:
- • No formalizar el documento: Sanción de 401 a 600 € para el cargador contractual y/o el transportista efectivo.
- • No llevarlo a bordo: Sanción similar, salvo que el cargador demuestre que el documento fue emitido.
- • Datos inexactos: El transportista responde de la inexactitud en la matrícula del vehículo.
Importante: El auto-cierre automático a las 12 horas protege al cargador: el documento se emitió, está registrado, y el dato de matrícula era responsabilidad del transportista que no lo aportó.
Flujo práctico del DeCA
- El cargador genera el DeCA con sus datos y los del transportista. Se crea un PDF con QR que enlaza a la URL del documento.
- El cargador entrega el QR al transportista (por email, WhatsApp, impresión, etc.).
- El transportista escanea el QR con la cámara de su móvil. Se abre la web del DeCA.
- El transportista añade la matrícula del vehículo y cierra el documento.
- Si no se cierra en 12 horas, el sistema cierra automáticamente el DeCA. El cargador queda cubierto porque acreditó la emisión.
- El PDF se descarga y puede mostrarse a la inspección en papel o digital.
Qué encontrarás en la guía
- • Marco normativo del DeCA y por qué pasa a ser obligatoriamente digital en octubre de 2026.
- • Requisitos técnicos del PDF, QR y conservación mínima de 1 año.
- • Responsabilidades del cargador contractual frente a las del transportista.
- • Riesgos reales: sanciones de 401 a 600 € y cómo se prueban los incumplimientos.
- • Flujo práctico: generación, escaneo y auto-cierre en menos de 12 horas.
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