Régimen sancionador
401 a 600 € por infracción. Y la inspección no distingue quién falló.
La sanción por no portar el DeCA aplica al vehículo, no al documento. Si el transportista no lo lleva, multa para ambos —a menos que el cargador acredite haberlo emitido. Te explicamos el riesgo real y cómo cubrirte.
Cuantía de las sanciones
Las infracciones por incumplimiento del DeCA se tipifican como graves según la LOTT (Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres), con una horquilla de 401 a 600 € por sanción:
• Infracción grave: 401 a 600 €
La sanción se aplica por cada transporte que no porte el DeCA. No es una multa única: si tienes 10 transportes sin DeCA en un día, son 10 infracciones.
¿A quién sancionan?
La inspección de transporte sanciona al portador del documento. Si el vehículo es detenido y no lleva el DeCA a bordo:
• Si el cargador no lo emitió → multa al cargador
• Si el transportista no lo lleva → multa al transportista
• Si no se puede determinar quién falló → multa a AMBOS
El artículo 7.1 permite al cargador eximirse si prueba que el documento fue emitido, aunque el transportista no lo llevara a bordo.
¿Cuándo empiezan las sanciones?
El DeCA es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026. El FAQ del Ministerio de Transportes confirma:
"No está prevista en las normas ninguna fase adicional, más allá del 5 de octubre, donde no se sancione." (Fuente: transportes.gob.es, página oficial del DeCA)
Desde el día 1, la inspección puede sancionar. No hay moratoria ni periodo de gracia.
Cómo evitarlas: la exención de responsabilidad
La única forma de que el cargador quede eximido es acreditar la emisión del DeCA:
1. Genera el DeCA desde tu sistema (nosotros) al crear la recogida
2. Entrega el QR al transportista (impreso o enlace)
3. Si el transportista no lo lleva, tienes el registro de emisión con timestamp
4. El art. 7.1 te protege: sanción solo para el transportista
Si no generas el DeCA y confías en que el transportista lo haga, no quedas eximido. La sanción te alcanza a ti también.
El coste real: multa vs. prevención
Pongamos números sobre la mesa. Una sola sanción por transporte sin DeCA cuesta entre 401 y 600 €. No es una multa única por empresa: es por cada transporte sin documento que se detecte en un control.
Un operador con 10 recogidas diarias que no porte DeCA acumula un riesgo de más de 4.000 € por día de control desfavorable. Y no acaba ahí: el acta de inspección abre expediente, exige contestación y, en caso de reincidencia, agrava la calificación de la infracción.
La prevención, comparada, es ridícula: generar un DeCA fácil en 2 minutos cuesta literalmente 0 € en el plan gratuito (hasta 10 al mes) y menos de 0,70 € por documento en el plan Business. Es decir, una sola multa pagaría más de un año entero de cumplimiento preventivo.
Además hay un coste oculto que no aparece en el BOE: el tiempo administrativo de reconstruir qué transporte llevaba qué mercancía cuando te llama un cliente o un abogado. Con trazabilidad digital, eso es un clic. Con papel, es una caja de archivos.
Cómo evitar sustos: la lista simple
Antes del 5 de octubre de 2026 conviene tener esto resuelto:
1. Define quién genera el DeCA en tu operativa —¿tú como cargador o tu transportista?— y deja constancia por escrito con tus contrapartes.
2. Elige una herramienta que no requiera certificado digital ni firma, porque la normativa no los exige y tramitarlos cuesta tiempo y dinero.
3. Comprueba que el documento puede presentarse en formato electrónico en carretera (QR + enlace HTTPS, sin depender de cobertura).
4. Asegúrate de que queda registro de emisión con fecha y hora: es lo que activa tu exención de responsabilidad (art. 7.1).
5. Prueba el flujo completo una vez antes de que sea obligatorio, en un transporte real, para que el día 5 no sea tu primera vez.
Con un sistema de DeCA simple, estos cinco puntos se resuelven en una tarde. Con parches improvisados, se resuelven el día de la multa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta una sanción por no llevar el DeCA?+
Las multas oscilan entre 401 y 600 € por infracción. La sanción se aplica por cada transporte sin DeCA que se detecte en un control: no es una multa única, sino por viaje.
¿A quién sancionan: al cargador o al transportista?+
La sanción se aplica al portador del documento. Si el cargador no lo emitió, multa al cargador. Si el transportista no lo lleva, multa al transportista. Si no se puede determinar quién falló, multa a AMBOS.
¿Cuándo empiezan las sanciones?+
El DeCA es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026. El Ministerio de Transportes ha confirmado que no está prevista ninguna fase adicional donde no se sancione: desde el día 1 se puede multar.
¿Cómo se puede uno eximir de la sanción?+
El artículo 7.1 de la Orden FOM/2861/2012 permite al cargador eximirse si prueba que el documento fue emitido, aunque el transportista no lo llevara a bordo. Generar el DeCA con timestamp deja constancia de la emisión.
¿La sanción es única o se repite?+
Es por cada transporte sin DeCA. Si tienes 10 viajes al día sin documento y te controlan, son 10 infracciones posibles de 401 a 600 € cada una.
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