Normativa

Obligatoriedad del DeCA

El DeCA es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026. Te explicamos la base legal, los plazos y qué debes hacer para cumplir.

Base legal

La obligatoriedad del DeCA viene de tres fuentes normativas:

  • Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible. Disp. Transitoria Octava: el documento de control administrativo deberá ser necesariamente digital a los diez meses desde la entrada en vigor de esta ley.
  • Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre. Aprueba el modelo del documento electrónico de control administrativo. Art. 7: formalización y responsabilidad.
  • Orden TRM/282/2026. Modifica los requisitos del documento para el formato digital.

Línea temporal

  • 5 de diciembre de 2025 — Entrada en vigor de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible
  • 5 de junio de 2026 — Publicación de la Resolución BOE-A-2026-12784 (formato digital)
  • 5 de octubre de 2026 — Obligatoriedad del formato digital y sanciones

¿Quién está obligado?

El DeCA es obligatorio para todo transporte público de mercancías por carretera en territorio español.

Cargadores contractuales: empresas que contratan el transporte (fabricantes, ecommerce, distribuidores, operadores logísticos).

Transportistas efectivos: empresas o autónomos que realizan el transporte.

No hay exención por tamaño de empresa. Tanto grandes corporaciones como autónomos están obligados.

¿Qué transportes están exentos?

  • • Transportes sin título habilitante
  • • Servicios de mudanzas
  • • Traslado de vehículos accidentados (grúas)
  • • Paquetería de bultos manejables por una persona (reparto última milla)

Si combinas varios tipos de transporte, la exención solo cubre las operaciones afectadas.

¿Qué pasa si no cumples?

Desde el 5 de octubre de 2026, cada transporte sin DeCA puede ser sancionado con 401 a 600 € por infracción.

No hay periodo de gracia. El Ministerio de Transportes ha sido explícito:

"No está prevista ninguna fase adicional más allá del 5 de octubre donde no se sancione."

La sanción es por cada transporte. Si tienes 10 transportes sin DeCA al día, son 10 infracciones separadas.

¿Cómo prepararte?

  1. Evalúa tu situación: ¿Eres cargador, transportista o ambos?
  2. Elige una herramienta digital: necesitas generar PDFs nativos con QR
  3. Forma a tu equipo: cargadores y transportistas deben entender sus responsabilidades
  4. Empieza antes de octubre: no esperes al último momento

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Preguntas frecuentes

¿Desde qué fecha es obligatorio el DeCA?+

El DeCA digital es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026. Lo establece la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible.

¿Qué ley obliga a usar el DeCA?+

La obligación proviene de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible (disp. trans. octava), la Orden FOM/2861/2012 (modelo del documento), y la Orden TRM/282/2026 (requisitos de formato digital).

¿Qué transportes están exentos del DeCA?+

Están exentos: transportes sin título habilitante, servicios de mudanzas, traslado de vehículos accidentados (grúas), y paquetería de bultos manejables por una persona. Si combinas varios tipos, la exención solo cubre las operaciones afectadas.

¿Qué sanciones hay por no tener el DeCA?+

Cada transporte sin DeCA puede ser sancionado con 401 a 600 € por infracción. No hay periodo de gracia: el Ministerio de Transportes ha confirmado que no está prevista ninguna fase adicional donde no se sancione.

¿Está obligado mi empresa a usar el DeCA?+

El DeCA es obligatorio para todo transporte público de mercancías por carretera en territorio español. No hay exención por tamaño de empresa: tanto grandes corporaciones como autónomos están obligados.