Normativa
Obligatoriedad del DeCA
El DeCA es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026. Te explicamos la base legal, los plazos y qué debes hacer para cumplir.
Base legal
La obligatoriedad del DeCA viene de tres fuentes normativas:
- • Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible. Disp. Transitoria Octava: el documento de control administrativo deberá ser necesariamente digital a los diez meses desde la entrada en vigor de esta ley.
- • Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre. Aprueba el modelo del documento electrónico de control administrativo. Art. 7: formalización y responsabilidad.
- • Orden TRM/282/2026. Modifica los requisitos del documento para el formato digital.
Línea temporal
- 5 de diciembre de 2025 — Entrada en vigor de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible
- 5 de junio de 2026 — Publicación de la Resolución BOE-A-2026-12784 (formato digital)
- 5 de octubre de 2026 — Obligatoriedad del formato digital y sanciones
¿Quién está obligado?
El DeCA es obligatorio para todo transporte público de mercancías por carretera en territorio español.
Cargadores contractuales: empresas que contratan el transporte (fabricantes, ecommerce, distribuidores, operadores logísticos).
Transportistas efectivos: empresas o autónomos que realizan el transporte.
No hay exención por tamaño de empresa. Tanto grandes corporaciones como autónomos están obligados.
¿Qué transportes están exentos?
- • Transportes sin título habilitante
- • Servicios de mudanzas
- • Traslado de vehículos accidentados (grúas)
- • Paquetería de bultos manejables por una persona (reparto última milla)
Si combinas varios tipos de transporte, la exención solo cubre las operaciones afectadas.
¿Qué pasa si no cumples?
Desde el 5 de octubre de 2026, cada transporte sin DeCA puede ser sancionado con 401 a 600 € por infracción.
No hay periodo de gracia. El Ministerio de Transportes ha sido explícito:
"No está prevista ninguna fase adicional más allá del 5 de octubre donde no se sancione."
La sanción es por cada transporte. Si tienes 10 transportes sin DeCA al día, son 10 infracciones separadas.
¿Cómo prepararte?
- Evalúa tu situación: ¿Eres cargador, transportista o ambos?
- Elige una herramienta digital: necesitas generar PDFs nativos con QR
- Forma a tu equipo: cargadores y transportistas deben entender sus responsabilidades
- Empieza antes de octubre: no esperes al último momento
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Preguntas frecuentes
¿Desde qué fecha es obligatorio el DeCA?+
El DeCA digital es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026. Lo establece la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible.
¿Qué ley obliga a usar el DeCA?+
La obligación proviene de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible (disp. trans. octava), la Orden FOM/2861/2012 (modelo del documento), y la Orden TRM/282/2026 (requisitos de formato digital).
¿Qué transportes están exentos del DeCA?+
Están exentos: transportes sin título habilitante, servicios de mudanzas, traslado de vehículos accidentados (grúas), y paquetería de bultos manejables por una persona. Si combinas varios tipos, la exención solo cubre las operaciones afectadas.
¿Qué sanciones hay por no tener el DeCA?+
Cada transporte sin DeCA puede ser sancionado con 401 a 600 € por infracción. No hay periodo de gracia: el Ministerio de Transportes ha confirmado que no está prevista ninguna fase adicional donde no se sancione.
¿Está obligado mi empresa a usar el DeCA?+
El DeCA es obligatorio para todo transporte público de mercancías por carretera en territorio español. No hay exención por tamaño de empresa: tanto grandes corporaciones como autónomos están obligados.