Sanciones DeCA: cuánto pagan los que no cumplen con la normativa
Las sanciones por no portar el DeCA van de 401 a 600 € por infracción. Te explicamos a quién sancionan, cuándo empiezan y cómo evitarlas antes de octubre de 2026.
Las sanciones son reales y empiezan el 5 de octubre
Desde el 5 de octubre de 2026, cada transporte sin DeCA a bordo puede ser sancionado con una multa de 401 a 600 €.
No hay periodo de gracia. No hay moratoria. El FAQ del Ministerio de Transportes sobre el DeCA es claro:
“No está prevista en las normas ninguna fase adicional, más allá del 5 de octubre, donde no se sancione.” (Fuente: transportes.gob.es, página oficial del DeCA)
Base legal de las sanciones
Las sanciones se basan en:
- Ley 9/2025 (Ley de ordenación del transporte por carretera y autotransporte): Disposición Transitoria Octava sobre documentos de control administrativo
- Orden FOM/2861/2012: Artículo 7 sobre formalización y responsabilidad
- Orden TRM/282/2026: Modificación de los requisitos del documento
¿A quién sancionan?
La inspección de transporte sanciona al portador del documento. Hay tres escenarios:
| Situación | ¿A quién multan? |
|---|---|
| El cargador no emitió el DeCA | Cargador |
| El transportista no lo lleva a bordo | Transportista |
| No se puede determinar quién falló | Ambos |
La exención del art. 7.1
El artículo 7.1 de la Orden FOM/2861/2012 ofrece una salida al cargador:
“Salvo que el cargador contractual pruebe que el documento fue emitido, en cuyo caso éste será eximido de responsabilidad.”
Si puedes demostrar que emitiste el DeCA (con timestamp, URL y registro), quedas eximido aunque el transportista no lo lleve a bordo.
¿Cuántas multas pueden ser?
La sanción es por cada transporte, no por empresa. Si tienes 20 transportes al día sin DeCA, son 20 infracciones.
Ejemplo real:
- 10 transportes/día × 401 € = 4.010 € diarios en sanciones potenciales
- 22 días laborables/mes = 88.220 € mensuales
Cálculo detallado
| Volumen diario | Sanción mínima diaria | Sanción mensual (22 días) |
|---|---|---|
| 5 transportes | 2.005 € | 44.110 € |
| 10 transportes | 4.010 € | 88.220 € |
| 20 transportes | 8.020 € | 176.440 € |
| 50 transportes | 20.050 € | 441.100 € |
¿Cuándo empiezan las sanciones?
El 5 de octubre de 2026. Sin excepciones. El Ministerio ha sido explícito en que no habrá periodo de gracia adicional.
Línea temporal
- 30 de julio de 2025: Entrada en vigor de la Ley 9/2025
- 5 de junio de 2026: Publicación de la Resolución BOE-A-2026-12784
- 5 de octubre de 2026: Obligatoriedad del formato digital y sanciones
Cómo evitar las sanciones
- Genera el DeCA antes de cada transporte: el cargador debe emitir el documento antes de que el camión salga
- Acredita la emisión: guarda el timestamp y la URL del DeCA como prueba
- No delegues en el transportista: si no generas el DeCA, no puedes acogerte a la exención del art. 7.1
- Usa una herramienta digital: el papel se pierde, el digital tiene trazabilidad
- Forma a tu equipo: cargadores y transportistas deben entender sus responsabilidades
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